Registrada bajo el n° 1384/02.-

  • 26/01/2002

General Juan Madariaga, 12 de diciembre de 2002.- VISTO: Expte. del D.E. n° 862/02 Interno 4442 ref. Convenio transitorio de adecuación del convenio de subpréstamo firmado el 20 de agosto de 1997; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de diciembre de 2002; El Convenio firmado en el marco del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal; Que a los fines de paliar las consecuencias negativas que la situación de emergencia ha provocado en el Municipio, la Provincia ha decidido suspender durante el ejercicio 2002 la exigibilidad de la deuda vencida el 31 de diciembre de 2001 y la aplicación de los intereses punitorios derivados de la misma; Que resulta necesario prever el tratamiento a dar a los desembolsos que se produzcan, de conformidad con el Convenio de Subpréstamo, durante el ejercicio fiscal 2002; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase el convenio suscripto por este Municipio en el marco del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal con la Subsecretaría de Política y Coordinación Fiscal del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se realiza una adecuación transitoria del convenio de subpréstamo firmado el 20 de agosto de 1997 denominado Caminos para la Producción – Región Sudeste identificado como préstamo: BID 830/OC-AR y 932/SF-AR.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS.-