Registrada bajo el n° 1257/01.-

  • 27/01/2001

General Madariaga, 1 de marzo de 2001.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1672/00 Interno 4088 e Interno 4111 Nota de la Asociación Rural ref. Destino Fondo Lucha contra las Plagas; y CONSIDERANDO: Que el Despacho del Concejo en Comisión fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 1 de marzo de 2001; Que resulta necesario desafectar los ingresos de la Tasa de Lucha contra las Plagas y afectarlos al Servicio de Red Vial y entendiendo que la desafectación de los recursos, para ser volcados en obras de carácter permanente en la compra de maquinarias viales, no pierde el fin de ayuda directa a los productores agricolaganaderos de Gral. J. Madariaga, Que la adquisición de motoniveladoras, carretón, cargadora frontal y/o similares corresponden al fin planteado; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Desaféctese los ingresos de la Tasa de Lucha contra Las Plagas de la partida 1.3.6 Plagas de la Partida 1.3.6. Lucha contra las Plagas del Sector Rural Finalidad V Programa I Conservación de Caminos.- ARTICULO 2°.- Los fondos existentes y a recaudar por la Tasa de Lucha contra las Plagas del Sector Rural, se afectarán a las siguientes partidas: 2.5.1.5. Finalidad IV Máquinas, motores y herramientas.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS UN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL UNO.- Registrada bajo el n° 1257/01.-