Registrada bajo el n° 1280/01.

  • 27/01/2001

General Madariaga, 24 de mayo de 2001.- VISTO: Expte. del D.E. n° 257/73 Interno 4167 ref. Aprobación de Planos; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de mayo de 2001; Que la Ordenanza 1119/99 autoriza el exceso de valores de F.O.S. para construcciones eregidas con anterioridad al dictado de la Ley n° 8912/77; Que del informe de la Dirección de Obras Particulares se desprende que con la demolición de la planta baja la situación del F.O.S. se ve favorecida; Que respecto de los valores F.O.T., puede ingerirse viabilidad de los mismos en razón que este indicador se ve favorecido en concepto de premios ya que el inmueble se encuentra en una parcela de dimensiones excesivamente pequeña para la legislación actual; Que urbanísticamente se encuentra ubicada en el sector residencial más densamente poblado del casco urbano, Que el mismo se desarrolla frente a un gran espacio urbano conformado por el ancho de la Avenida San Martín; Que se considera oportuno alentar la iniciativa de mejorar viviendas de uso unifamiliar; Que a la vez que estos hechos ameditan el estudio y profundización de la legislación vigente, ya que en este sentido es de conocimiento público que la Ley Provincial 8912/77 se halla en proceso de estudio para su adaptación a las realidades locales del interior bonaerense; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase la propuesta de construcción de la obra sita en Circ. I, Sec. A, Mz 61, L S B en el marco de los fundamentos enumerados en los considerandos de la presente norma.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL UNO.- -