Registrada bajo el nº 2012/10.-

  • 18/01/2010

General Juan Madariaga, 9 de septiembre de 2010.-



VISTO: Expte. del D.E. nº 2149/08 Interno 5954 ref. Proyecto calle “El Tala”; y


CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de septiembre de 2010;

La presentación efectuada por el Jefe de Departamento de Inspección y Tránsito que mediante Expte. nº 2149/08 propone se contemple la posibilidad de ampliar la calle El Tala entre Mitre y Saavedra, tanto en sus aspectos físicos como funcionales;

Que actualmente la calle El Tala es de única mano sentido de circulación vehicular oeste/este y su ancho físico es de 7,00 mts. de cordón a cordón;

Que, efectuada una consulta personal a los vecinos frentistras, los mismos reconocen que esta vía es angosta y que estarían de acuerdo con la modificación propuesta (fs. 6);

Que los estudios de factibilidad técnica realizada por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos indican que es posible realizar las adecuaciones, ampliaciones y modificaciones en virtud de contar con el espacio necesario y suficiente para tal fin;

Que las calles constituyen un bien público del estado municipal según lo determina el Código Civil en su Art. 2340, inciso 7ª;

Que la propuesta significará una mejor conectividad entre el nuevo acceso a la ciudad por calle 25, el Parque Anchorena y las zonas céntricas de la ciudad;

Que la Dirección de Asesoría Legal y la Secretaría de Hacienda Municipal recomiendan perfeccionar esta solicitud mediante el correspondiente tratamiento administrativo/legislativo a través del Honorable Concejo Deliberante y el dictado de una norma marco que así lo autorice;

Que es función del Honorable Concejo Deliberante reglamentar el trazado de las calles, según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades (art. 27ª, inciso 2);

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:


ORDENANZA


ARTICULO 1º.- Autorízase la modificación y ampliación física y funcional de la calle El Tala, entre calle Mitre y Saavedra de conformidad con los lineamientos del anteproyecto plasmado en el plano adjunto como Anexo I de la presente.-


ARTICULO 2º.- El trazado de la Calle El Tala entre calle Mitre y Saavedra reutilizando las actuales obras existentes, contemplará la materialización física de dos calzadas de 6,50 mts. cada una, separadas por un divisor central de tránsito de 1,00 mts., con más los elementos de servicios públicos necesarios como es la ubicación central de columnas de alumbrado de doble luminaria, reubicación y nueva localización de bocas de tormentas, ejecución de nuevas veredas en el sector del Parque Anchorena, demolición de las obras no adecuadas al nuevo trazado, remoción y/o reubicación de los elementos de demarcación, señalización e iluminación no adecuados.-


ARTICULO 3º.- Una vez concluídas las obras, se liberará la traza con circulación vehicular de la siguiente forma:

  1. La traza sur de la calle El Tala entre Mitre y Saavedra, tendrá sentido de tránsito de oeste a este.-

  2. La traza norte de la calle El Tala entre Mitre y Saavedra, tendrá sentido de tránsito de este a oeste.-


A partir de la puesta en función y liberación de las trazas de la calle El Tala entre Mitre y Saavedra al uso público, se pondrá en vigencia el presente articulo que modifica parcialmente lo establecido en la Ordenanza nº 1854/08, art. 5ª donde dice: El Tala y se agregará al art. 6ª el texto: El Tala desde Mitre hasta Saavedra.-

A los efectos de perfeccionar administrativa y legalmente la vigencia de las modificaciones y deslindar responsabilidades en la fecha de liberación de la traza dicho acto se efectuará mediante Decreto Municipal.-


ARTICULO 4º.- El gasto que demanden las obras se preverán e imputarán en los presupuestos de Recursos y Gastos de los años 2011 y/o 2012, a no ser que se obtengan recursos de otra jurisdicción para su materialización.-


ARTICULO 5º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-


DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.-


Registrada bajo el nº 2012/10.-