Registrada bajo el n° 1311/01.-

  • 27/01/2001

Gral. Juan Madariaga, 27 de septiembre de 2001.- VISTO: La necesidad de adecuar las Ordenanzas de planes de pago vigentes; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de septiembre de 2001; Que estas Comisiones analizaron la Ordenanza n° 1303/01 referente al anticipo de pago de tasas municipales por conservación de la Red Vial, Tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza y Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene correspondientes al ejercicio 2002 y la Ordenanza n° 1309/01 ref. regularización de deudas para el pago de Tasas y derechos municipales a saber; Que resulta necesario adecuar las mismas de conformidad a lo expresado en la presente; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Aquellos Contribuyentes que no generen tasas y/o derechos del 2002, podrán hacer uso de los beneficios de la Ordenanza 1303/01 y 1309/01.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL UNO.-