Registrada bajo el n° 1159/00.-

  • 27/01/2000

General Juan Madariga, 29 de Febrero de 2000.- VISTO: El Expte. del D.E. nº 1188/99 Interno 3823 ref. Nuevo Estatuto del COTAB Consorcio Turístico del Atlántico Bonaerense, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 29 de febrero de 2000; Que siendo para Gral. Madariaga beneficioso por el menor aporte económico y debido que por la Resolución nº 004/99 del COTAB se condona la deuda que mantenía esta Municipalidad con dicho consorcio. Que, asimismo ese organismo regional fue dotado de un Estatuto social aprobado por sus miembros; Que, en noviembre de 1999, los municipios acordaron unánimemente introducir modificaciones al estatuto vigente; Que, en consecuencia se hace necesario consolidar los cambios producidos en el Estatuto del Corredor Turístico (COTAB) Que, las modificaciones del nuevo Estatuto no presentan cuestionamiento ni técnicos ni legales por ninguno de las áreas del D.E. ; Que, solicitamos se incorpore como foja 58, 59 y 60 a la Resolución nº 004/99 de fecha 4-9-99 del COTAB del Expte. 003-c-1999 por el cual se condona una deuda de $ 7.500 que mantendría este municipio con dicho organismo, quedando en claro que la deuda de este municipio con el Consorcio de $ 1150 por el año 1998 y $ 900 por el año 1999; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º- Convalidase las modificaciones introducidas al Estatuto del Consorcio Turístico del Atlántico Bonaerense (COTAB) aprobado por la Ordenanza Municipal nº 844/96 las cuales constan como “ Anexo I ” de la Presente Ordenanza.- ARTICULO 2º- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL.-