Registrada bajo el n° 1175/00.-

  • 27/01/2000

Gral. Juan Madariaga, 13 de abril de 2000.- VISTO: Expte. Interno 3783 ref. Pedido de eximición de deuda; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de abril de 2000; Que las comisiones recibieron a la Sra. Delia Cortadi de Pallieri y al Sr. Pedro Pallieri; habiendo conversado con los mismos se resuelve autorizar la realización de un convenio a través del cual se solucione lo establecido en el expediente en cuestión; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º.- Autorízase al D.E. a suscribir un convenio con los titulares del inmueble designado catastralmente como Circ. I – Secc. B – Quinta 11 – Fracción I – Parcela 1 A (Partida 694) conforme las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.- ARTICULO 2º.- Se establecerá una compensación a favor de los titulares de hasta $ 6.000 (PESOS SEIS MIL) por el uso de parte del inmueble con un canal de desagüe hasta la fecha del presente.- ARTICULO 3°.- Determínase que podrá convenirse una compensación a favor del titular por la afectación del inmueble con el canal y mientras subsista el mismo que no podrá exceder el monto de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública que afecta dicho bien.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL.-