Registrada bajo el n° 1186.-

  • 27/01/2000

General Juan Madariaga, 08 de Junio de 2000.- VISTO: Expte. Interno n° 3908. Nota del Bloque del P.J. ref. Fraccionamiento Parcela existente en Cementerio Local; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de junio de 2000; El diagnóstico de situación realizado en Cementerio Local en relación a la necesidad de recrear espacios; Que dentro del predio existe un espacio verde que reúne las condiciones básicas para su parcelamiento (sector K. Mapa /croquis del plano de planta del Cementerio); Que delimitar nuevas parcelas para bóvedas y/o sepulturas significaría redimensionar la necrópolis en un sector que propicia ser utilizado; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA Artículo 1°: Procédase al parcelamiento del Sector K del Cementerio Local, en un 50% (cincuenta por ciento) de la superficie total del mismo para ser destinado a bóvedas y sepulturas.- Artículo 2°: Las parcelas tendrán las dimensiones y características que establece el Reglamento General de Cementerio de Gral. Juan Madariaga y estarán supeditadas a las normas emanadas de la mencionada reglamentación.- Articulo 3°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL.- Registrada bajo el n° 1186.-