Registrada bajo el n° 1198/00.-

  • 27/01/2000

Gral. Juan Madariaga, 27 de julio de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 780/00 Interno 3960 ref. Sistema de Cobro de Tasas Municipales a Domicilio, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de julio de 2000; Que resulta conveniente a los intereses Municipales ya que permite un mayor seguimiento de los pequeños contribuyentes; Que este sistema de cobro ha vuelto a tener vigencia recientemente debido a la estabilidad de precios y consecuentemente en el valor de las tasas; Que los encargados de la cobranza otorgarán una fianza y cobrarán con recibos prevalorizados por el Departamento de Recaudación y la Contaduría Municipal; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar un sistema de cobranza a domicilio de todas las tasas derechos y contribuciones municipales en los términos del artículo 201 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 27 del reglamento de contabilidad.- ARTICULO 2°.- Amplíase la partida de la Finalidad I programa I Administración General 1.1.1.2.6. Personal Destajista $ 3.000.- ARTICULO 3°.- Los gastos que demanden las erogaciones del Artículo 2° se financiarán con la siguiente partida 1.4.1. Crédito Adicional $ 3.000.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs.As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL.- Registrada bajo el n° 1198/00.-