Registrada bajo el n° 1201/00.- Creación de Comisión "Pos-Traslado Terminal de Omnibus"

  • 27/01/2000

General Juan Madariaga, 10 de agosto de 2000.- VISTO: Expte. Interno n° 3950/00 Nota del Bloque del P.J. Proyecto de Ordenanza ref. Terminal de Omnibus, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de agosto de 2000; La necesidad de preveer los mecanismos tendientes a una posible materialización de una terminal o estación – paraje para micros de pasajeros de larga y mediana distancia, y Que la ubicación de la misma debe considerar factores urbanísticos, técnicos, ambientales, económicos, comerciales, sociales, funcionales; Que su ubicación deberá responder a la facilitación y accesibilidad de los vehículos de gran porte desde y hacia las rutas como son la Ruta 74 y 56 en función de la seguridad vial en general. Que la facilitación no solamente deberá responder a factores viales y urbanísticos sino también a la rapidez de ingreso y egreso de los vehículos al parador y/o terminal. Que la implementación conlleva factores secundarios con grados de molestias diversos como son ruidos molestos, polución de caños de escape, derrames ocasionales de lubricantes, descargas de sanitarios de los micros, limpieza exterior e interior de micros, estacionamiento indeseado de unidades de espera, ventas y servicios, accesibilidad de servicios secundarios de apoyo como son colectivos, taxis, remises... Que se halla enunciado el proyecto de ejecutar en tiempo mediato, doble trocha. Pinamar Gral. Madariaga; lo que implicará indudablemente la modificación de la actual traza, elemento que podrá influir en la ubicación definitiva del Parador – Terminal. Que el día de la fecha la administración municipal no cuenta con recursos mediatos para su ejecución. Que no obstante ello podría procurarse la obtención de recursos por otra jurisdicción o por la participación de particularidades. Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Créase en el ámbito del H.C.D. de Gral. Madariaga una Comisión post traslado terminal de ómnibus.- ARTICULO 2°.- Integrarán la Comisión determinada en el artículo 1° de la presente norma representantes del D.E. y de ambos Bloques del H.C.D..- ARTICULO 3°.- El funcionamiento de la misma será reglamentado por sus integrantes.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL.-