Registrada bajo el n° 1221/00.-

  • 27/01/2000

General Juan Madariaga, 28 de Septiembre de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1152/00 Interno 4016 ref. Convenio medicamentos Hospital de Balcarce; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Acción Social, Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el 28 de septiembre de 2000; Que el citado convenio del Hospital Subzonal de Balcarce ofrece a nuestro Hospital, una lista de medicamentos que, con un costo sustancialmente menor que en el mercado comercial, permite una asistencia directa, eficaz, rápida, con continuidad para aquellas personas que carentes de recursos son atendidas ambulatoriamente. Que la Dirección de Asuntos Legales entiende que la iniciativa en principio no merece observaciones. Que en tal sentido corresponde al H.C.D. la correspondiente convalidación. Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase el convenio suscripto entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y el Hospital Subzonal de Balcarce para la adquisición de medicamentos, con destino al Hospital Municipal “Ana Rosa de Martínez Guerrero”, según el marco del expediente n° 1152/00.- ARTICULO 2°.- Los gastos que demande el presente convenio se imputará a la Partida destinada a la compra de medicamentos para el Hospital.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL.-