Registrada bajo el n° 1246/00.-

  • 27/01/2000

General J. Madariaga, 20 de diciembre de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1548/00 Interno 4084 ref. en nombre de la Cooperativa Apicola Madariaga solicita el Galpón donde funcionaba la Fábrica de Fideos para su utilización; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 20 de diciembre de 2000; Las actuaciones Municipales expediente 1548/00; Que en las mismas la Cooperativa Apícola Madariaga solicita el préstamo en uso del galpón propiedad de la Municipalidad ubicado en el inmueble designado catastralmente como Circ. I – Secc. B – Chacra 58 – Parc. 1 – a; Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos informa en el sentido que dicho bien no tiene destino o afectación alguna al presente; Que ha dictaminado la Dirección de Asuntos Legales sobre la viabilidad de la iniciativa correspondiendo la intervención del Honorable Concejo Deliberante; Que debe acotarse que el préstamo de uso es gratuito, precario y revocable posibilitando con ello la recuperación del bien por parte de la Municipalidad cuando fuere necesario; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Cooperativa Apícola Madariaga (Coo. Api. Mad) en préstamo de uso gratuito, precario y revocable por el término de 6 meses; plazo renovable automáticamente, el galpón propiedad de la Municipalidad ubicado en el inmueble designado catastralmente como Circ. I, Secc. B, Chacra 58, Parc. 1 – a.- ARTICULO 2°.- Déjase establecido que en el instrumento que se suscriba deberá fijarse el sector otorgado adyacente al galpón así como las obligaciones que asume el beneficiario de la presente que tiendan al mantenimiento y mejoramiento del sector. ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL.-