Registrada bajo el n° 1233/00.-

  • 27/01/2000

Gral. Madariaga, 9 de noviembre de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1471/00 Interno 4047 ref. Eleva al H.C.D. Creación de Partida y Autorización, afectar Presupuesto futuro; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de noviembre de 2000; La urgente necesidad de adecuar las partidas Presupuestarias para cubrir los gastos mínimos que se origine para la adquisición del vehículo, teniendo en cuenta la forma de pago del saldo, en 12 cuotas a partir del año 2001, lo que implica aplicar la opción del artículo 273 de la Ley Orgánica y 125 del Reglamento de Contabilidad, haciendo la reserva para su inclusión en el Presupuesto del año siguiente: Que, por tal motivo se dicta el Decreto del D.E. n° 891 de fecha 2 de octubre de 2000 “ad-referéndum” del Concejo Deliberante; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Convalídase el decreto n° 891 de fecha 2 de octubre de 2000, por el cual crease “ad – referendum” del Honorable Concejo Deliberante la partida 2.5.1.4. – vehículos varios y embarcaciones – por la suma de $ 1.000 de la Finalidad I – Programa I – Administración Central – del Presupuesto de Gastos en vigencia.- ARTICULO 2°.- La adquisición realizada en el artículo anterior se financiará con la economía existente en la partida 2,5.1.4. – vehículos varios y embarcaciones – por la suma de $ 1.000.- ARTICULO 3°.- Déjase establecido que deberá realizarse la reserva presupuestaria para el próximo ejercicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL.-