Registrada bajo el n° 1209/00.-

  • 27/01/2000

General Juan Madariaga, 13 de septiembre de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 950/00 Interno 3991 ref. solicita autorización para colocar cartel; y CONSIDERANDO Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de septiembre de 2000; Que a fs. 2 del expediente se encuentran todas las consideraciones técnicas de la Dirección de Obras Públicas y Particulares, para la colocación de carteles en la Vía Pública; Que, este Cuerpo debe sancionar normas que reglamenten en general y no en particular; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Autorízace al D.E. para que analizando puntualmente cada caso, permita la instalación o no de carteles publicitarios en la vía Pública.- ARTICULO 2°.- El lugar e instalación se acuerda bajo pautas de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad.- ARTICULO 3°.- Facúltase al D.E. a requerir a los solicitantes una Declaración Jurada por la cual se declaren civil, comercial y penalmente único responsable de los daños y perjuicios que pudieran producirse a persona y bienes; excluyendo a la Municipalidad de Gral. Madariaga de toda acción Judicial o extrajudicial con origen en la instalación de carteles.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL.- Registrada bajo el n° 1209/00.-