Registrada bajo el n° 1212/00.-

  • 27/01/2000

Gral. Juan Madariaga, 13 de septiembre de 2000.- VISTO: Expte. del D.E. n° 888/00 Interno 3990 ref. Solicita habilitación cabina pública; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de septiembre de 2000; La necesidad de contar con una norma general que contemple la instalación de cabinas públicas en el radio urbano de nuestra ciudad; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°.- Facúltase al D.E. a autorizar a las empresas de Tele Comunicaciones a instalar cabinas telefónicas en la vía pública.-.- ARTICULO 2°.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos tendrán a su cargo la reglamentación técnica a cumplir para la instalación de las mismas.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL.- Registrada bajo el n° 1212/00.-