Registrada bajo el nº 1997/10.-

  • 18/01/2010

General Juan Madariaga, 8 de julio de 2010.-



VISTO: Expte. del D.E. nº 1402/09 Interno 5659 ref. Obras Hospital Municipal (Modificación y ampliación del nosocomio); y


CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto, Tierras, Obras y Servicios e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de julio de 2010;

Que este centro asistencial ofrece asistencia médica y social a un amplio sector de la Provincia de Buenos Aires, abarcando al propio Municipio y otros Municipios linderos;

Que, si bien los pabellones del hospital son antiguos, su casco edilicio es sólido, sus cubiertas están en buenas condiciones al igual que las carpinterías;

Que, debido a la falta de ámbitos arquitectónicos adecuados, no se desenvuelven correctamente los servicios de: Cirugía, Partos, Terapia neonatal, Terapia Intensiva, Guardia, Laboratorios, Diagnóstico por imágenes y Anatomía Patológica;

Que, la infraestructura física es inadecuada en la temática de distribución de energía, generación de energía de emergencia, al igual que suministro y distribución de gases medicinales.

Que se ha elaborado un proyecto para lograr la refuncionalización de áreas y la ejecución de nuevas áreas a fin de adecuarlas al nuevo programa médico asistencial ejecutado;

Que, en forma inmediata se deben iniciar las obras de adecuación, empezando por la guardia, sector que más requiere modificaciones;


Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:



ORDENANZA



ARTICULO 1º.- Apruébase el Plan de Modificación y Ampliación del Hospital Municipal, de acuerdo a un plan director que será alcanzado por etapas, las cuales deberán ser aprobadas por este Honorable Concejo Deliberante.-


ARTICULO 2º.- Apruébase la modificación del sector Guardia que a continuación se detalla:


Guardia

Quirófano Septico

Una scialítica

Una columna de gases medicinales


Boxes de Atención:

Cuatro camillas de observación


Office de curaciones

Una mesada con pileta y anafe

Mueble bajo mesada

Mueble sobre mesada


Espera Guardia

Cuatro poliductos tres gases

Doce Tandem de dos sillas


Espera ambulancias.


ARTICULO 3º.- El plano que contiene las reformas mencionadas en el artículo anterior forma parte de la presente Ordenanza.-


ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.-


Registrada bajo el nº 1997/10.-