Registrada bajo el nº 1997/10.-
- 18/01/2010
General Juan Madariaga, 8 de julio de 2010.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1402/09 Interno 5659 ref. Obras Hospital Municipal (Modificación y ampliación del nosocomio); y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto, Tierras, Obras y Servicios e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de julio de 2010;
Que este centro asistencial ofrece asistencia médica y social a un amplio sector de la Provincia de Buenos Aires, abarcando al propio Municipio y otros Municipios linderos;
Que, si bien los pabellones del hospital son antiguos, su casco edilicio es sólido, sus cubiertas están en buenas condiciones al igual que las carpinterías;
Que, debido a la falta de ámbitos arquitectónicos adecuados, no se desenvuelven correctamente los servicios de: Cirugía, Partos, Terapia neonatal, Terapia Intensiva, Guardia, Laboratorios, Diagnóstico por imágenes y Anatomía Patológica;
Que, la infraestructura física es inadecuada en la temática de distribución de energía, generación de energía de emergencia, al igual que suministro y distribución de gases medicinales.
Que se ha elaborado un proyecto para lograr la refuncionalización de áreas y la ejecución de nuevas áreas a fin de adecuarlas al nuevo programa médico asistencial ejecutado;
Que, en forma inmediata se deben iniciar las obras de adecuación, empezando por la guardia, sector que más requiere modificaciones;
Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Apruébase el Plan de Modificación y Ampliación del Hospital Municipal, de acuerdo a un plan director que será alcanzado por etapas, las cuales deberán ser aprobadas por este Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 2º.- Apruébase la modificación del sector Guardia que a continuación se detalla:
Guardia
Quirófano Septico
Una scialítica
Una columna de gases medicinales
Boxes de Atención:
Cuatro camillas de observación
Office de curaciones
Una mesada con pileta y anafe
Mueble bajo mesada
Mueble sobre mesada
Espera Guardia
Cuatro poliductos tres gases
Doce Tandem de dos sillas
Espera ambulancias.
ARTICULO 3º.- El plano que contiene las reformas mencionadas en el artículo anterior forma parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.-
Registrada bajo el nº 1997/10.-