Registrada bajo el n° 1291/01.-

  • 27/01/2001

General Madariaga, 12 de julio de 2001.- VISTO: Expte. del D.E. n° 818/01 Interno 4207 y 4117 ref. Creación de una Oficina de Medio Ambiente en la Municipalidad de Gral. Madariaga y Expte. del D.E. n° 742/01 Interno 4201 ref. Solicita Dictamen Legal; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de julio de 2001; Que la iniciativa presentada por la Sra. María del Carmen Rodríguez para que dentro del Organigrama Municipal se cree un Area específica sobre Medio Ambiente; Que esta decisión es recorte exclusivo del D.E., quien por Decreto n° 529 de fecha 8 de junio de 2001 ha determinado que esta Area estará a cargo de la Ing. Anabella Fernández, quien a partir de la promulgación de la Ordenanza que convalida el Decreto ad referéndum pasará a ocupar la Dirección de Producción y Medio Ambiente; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Convalídase el Decreto del D.E. n° 529 de fecha 8 de junio de 2001, “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se determina que la Dirección de Producción pasará a designarse a partir del día de la fecha como Dirección de Producción y Medio Ambiente, prosiguiendo a cargo de la misma el funcionario responsable..- ARTICULO 2°.- Asígnase a la Dirección individualizada en el artículo 1° el tratamiento de todas las cuestiones relacionadas con la preservación y conservación del medio ambiente.- ARTICULO 3°.- Procédase a concretar las reformas correspondientes en el organigrama municipal consignando la denominación indicada en el artículo 1°.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL UNO.-