Registrada bajo el nº 1995/10.-

  • 18/01/2010

General Juan Madariaga, 8 de julio de 2010.-



VISTO: Expte. del D.E. nº 1764/09 Interno 5913 ref. Convenio de Tenencia Precaria; y


CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de julio de 2010;

Que, a través del mismo se otorga en carácter de tenencia precaria a favor de esta Municipalidad el inmueble designado catastralmente como Circ. I, Secc. B, Manz 95 a;

Que el Ministerio de Infraestructura de la Pcia de Buenos Aires remite, conforme indicación de Asesoría General de Gobierno, cláusula adicional de convenio de tenencia precaria para la firma del Intendente Municipal autorizada a tal efecto por el Honorable Concejo Deliberante;

Que, a fs. 4 del Expte. 1764/09 obra cláusula adicional con rúbrica del entonces Intendente Municipal habiéndose omitido la remisión al Cuerpo Deliberativo Municipal;

Que se hace necesario el dictado de una ordenanza a través de la cual se autorice al Sr. Intendente Municipal a la firma de la cláusula adicional tal como lo indica el texto de la misma;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:


ORDENANZA


ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir cláusula adicional al convenio de tenencia precaria suscripto entre el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y esta Municipalidad de General Juan Madariaga respecto del inmueble designado catastralmente como: Circ. I, Secc. B, Manz. 95 a, Parcela 2b, obrante a fs. 17/20 del Expediente nº 98/07 alc. Nº 1.-


ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.-


Registrada bajo el nº 1995/10.-