Registrada bajo el n° 1096/99.-

  • 30/01/1999

Gral. Juan Madariaga, 28 de mayo de 1999.- VISTO: Expte. del D.E. N° 1000/98 Interno n° 3661/99, Proyecto de Ordenanza Ref. al inmueble ubicado en calle Rivadavia y Ruta N§ 74 que fuera afectado para la apertura de calle Rivadavia; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Hacienda y Presupuesto e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de mayo de 1999; Que con el presente proyecto da solución a la pretensión deducida por un Contribuyente al verse afectado una fracción de su inmueble, con motivo de la apertura de la calle Rivadavia; Que se tiende a dar respuesta definitiva a dicha problemática atendiendo a los intereses municipales y evitando situaciones litigiosas con el Contribuyente; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo dentro del marco de las actuaciones municipales expediente n° 1000/98 a suscribir convenio con la Sra. Irene O. de Bidalum bajo los siguientes términos: a) El inmueble ubicado en ésta Ciudad designado catastralmente como: Circ. II - Sec. A - Chacra 47 - Fracc. IX - Parcela 3 pasará a integrar el patrimonio municipal desmenbrándose oportunamente el sector que ocupa oportunamente la calle Rivadavia. b) La Municipalidad asumirá el pago de los impuestos y tasas que gravan dicho inmueble. c) Autorizase a incluir como compensación además de la indicada precedentemente en el inciso b) la condonación de las deudas que por tasas municipales mantienen las partidas n° 344 y 6514; y el reconocimiento de su crédito de $ 2.600 (dos mil seiscientos pesos) para compensar tasas y derechos municipales futuros.- ARTICULO 2°.- Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la confección de los actos de transferencia de dominio atento resultar la misma de interés social y comunitario.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.- Registrada bajo el n° 1096/99.-