Registrada bajo el nº 1109/99.-

  • 30/01/1999

Gral. Juan Madariaga, 12 de julio de 1999.- VISTO: Expte. del D.E. Nº 511/99 Interno nº 3692/99 ref. Eleva al H.C.D. Proyecto de Ordenanza sobre Confiterías Bailables; y CONSIDERANDO: Que el despacho en mayoría de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de julio de 1999; Que la situación planteada por el funcionamiento de confiterías bailables regido por la Ordenanza nº 248/87 y modificatorias actualmente en vigencia reclama un tratamiento preferencial; Que, existen reiterados reclamos de distintos vecinos referidos al funcionamiento y contexto que amerita un análisis general; Que para concretar dicho extremo se requiere un plazo que permita una evaluación de la situación y otorgar una solución que preserve los intereses de toda la comunidad en su conjunto; Que hace necesario mientras tanto suspender el otorgamiento de nuevas habilitaciones para evitar situaciones conflictivas siendo ello materia de la competencia del Departamento Ejecutivo; Que en consecuencia se dicta el decreto nº 452/99 "ad-referendum" de su convalidación por el Cuerpo Legislativo Comunal; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º.- Convalídase el Decreto del D.E. nº 452/99 "ad-referendum" del Honorable Concejo Deliberante, autorizando la suspención por 180 días del otorgamiento de habilitaciones, para el funcionamiento de confiterías bailables.- ARTICULO 2º.- Se designará una Comisión para que en forma conjunta con miembros del Departamento Ejecutivo, elaboren un Proyecto de modificación de la Ordenanza nº 248/87 y sus modificatorias, que tienda a superar aquellas situaciones que la normativa vigente provoca en perjuicio de la Comunidad.- ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.- Registrada bajo el nº 1109/99.-