Registrada bajo el nº 1122/99.-

  • 30/01/1999

Gral. Juan Madariaga, 9 de septiembre de 1999.- VISTO: Expte. del D.E. nº 1537/98 Interno nº 3736/99, ref. Venta del Inmueble a la Municipalidad a través del Plan "Familia Propietaria"; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de septiembre de 1999; La necesidad de adecuación al Dto. 807/95, a los efectos de la subdivisión de los predios ofrecidos al Programa "Familia Propietaria".- Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º.- Autorízase al parcelamiento correspondiente al Proyecto de Urbanización Social del Plan "Familia Propietaria" en los términos del Decreto 807/95.- ARTICULO 2º.- Incorpórase al Area Urbana de Gral. Juan Madariaga como Distrito de Urbanización especial Plan Familia Propietaria la fracción catastrada como: Circ. I - Secc. C - Qta. 143 - Parc. 1 y 2.- ARTICULO 3º.- Los indicadores del Distrito de Urbanización Especial señalado en el Articulo anterior serán: Carácter: Zona Especial para Urbanización social.- Uso: Residencial Indicadores: FOS. 0,6; FOT. 0,8; DN: 1 vivienda unifamiliar por lote. Subdivisión 10 m. de frente y 250 m2. de superficie mínima.- Altura máxima de edificación: Planta baja y un piso. Tipología edilicia: deberá ser diseñado como conjunto. El proyecto deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Equipamiento: solo se permitirá el equipamiento comunitario a escala del conjunto. Servicios Esenciales: Alumbrado Público y energía eléctrica, calles mejoradas y provisión de agua potable. ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.- Registrada bajo el nº 1122/99.-