Registrada bajo el n° 1142/99.-

  • 30/01/1999

Gral. Juan Madariaga, 30 de diciembre de 1999.- VISTO: Expte. del D.E. n° 1381/99 Interno 3811/99 ref. necesidad de que los proveedores cumplan con las tasas y derechos municipales; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 30 de diciembre de 1999; Que atento a que existen deudores con el Municipio y que a su vez son proveedores del mismo y considerando que existe la necesidad de que los mismos estén al día con las tasas Municipales; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Establécese la obligatoriedad de todos los proveedores del Municipio de estar al día con las tasas y derechos Municipales. ARTICULO 2°.- A efectos de dar cumplimiento con lo establecido en el articulo 1° El departamento Ejecutivo exigirá a través del Departamento de Compras la inscripción anual de todos los proveedores en el Registro de Proveedores.- ARTICULO 3°.- La renovación anual en el Registro de Proveedores deberá realizarse todos los años antes del 31 de marzo.- ARTICULO 4¬°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-