Registrada bajo el n° 1143/99.-

  • 30/01/1999

Gral. Madariaga, 30 de diciembre de 1999.- VISTO: EL Expte. del D.E. n° 1000/98 Interno N° 3778/99 ref. al inmueble ubicado en calle Rivadavia y Ruta 74 que fuera afectado para la apertura de la calle Rivadavia, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 30 de diciembre de 1999; Que la forma de pago prevista originariamente con la Sra. Irene Olivera de Bidalún fue modificado, mediante la ordenanza n° 1069/99; Que, dicha situación motivo el expediente n° 916/99, en donde la Asesoría Letrada (fs. 2) dictamina que atento a la actualidad y conforme se encuentran las actuaciones resulta imposible que el D.E. adopte cualquier medida sobre el particular. Que, atento a la viabilidad de lo peticionado debe efectuar el Honorable Concejo Deliberante la correspondiente modificación de la Ordenanza vigente. Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Modificase el artículo 1° de la Ordenanza n° 1096/99, cuyo artículo 5° quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 5°.- Se reconoce con crédito a favor del particular de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($ 2.600), autorizándose al D.E. a reintegrar dicho monto".- ARTICULO 2°.- El gasto que demande el artículo 1 se imputará a ejercicios futuros, previa verificación que el contribuyente tenga al día sus tasas correspondientes.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.- Registrada bajo el n° 1143/99.-