Registrada bajo el n° 991/98.-

  • 02/02/1998

General Juan Madariaga, 3 de Febrero de 1998.- VISTO: Que por Expediente D.E.N§980/96. Interno N§ 3029/96 se elevó un Proyecto de Ordenanza en relación al SERVICIO de PREVENCION, CONTROL y APLICACION de SANCIONES en RUTAS; y CONSIDERANDO: Que el mismo fue aprobado por mayoría en la Sesión Extraordinaria celebrada el día 3 de Febrero de 1998; Que según nota de elevación del D.E. la iniciativa cobra importancia ya que permitirá ejercer un control preventivo en las Rutas de nuestro Partido, con el objeto de evitar, dentro de lo posible, los accidentes automovilísticos, que fundamentalmente se producen por el exceso de velocidad de los distintos conductores; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Convalidase el CONVENIO PARA PREVENCION, CONTROL y APLICACION DE SANCIONES POR FALTAS DE EXCESO DE VELOCIDAD EN LAS RUTAS DEL PARTIDO DE GRAL.JUAN MADARIAGA, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Y LA FIRMA TAIVEN S.A., de fecha 09 de Enero de 1998, glosado a fs. 192/207 de las actuaciones municipales expediente 980/96.- ARTICULO 2°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a la Creación de una cuenta especial, donde ingresarán los fondos provenientes de la aplicación del convenio individualizado en el artículo 1° procediéndose a su distribución conforme al mismo y a la legislación provincial vigente.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.