Registrada bajo el n° 1027/98.-

  • 02/02/1998

Gral. Juan Madariaga, 26 de junio de 1998.- VISTO: Expte. del D.E. N° 730/98 Interno 3465/98. Proyecto de Ordenanza ref. Solicita la habilitación de un local para decidir la compra del mismo; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 25 de junio de 1998; Que a fojas 1 del citado expediente, la empresa "Automotores del Sur", ha solicitado la habilitación de un local de exposición de automotores (con servicio post-venta) en calle Moreno entre Carlos Madariaga y Av. San Martín; Que resulta necesario conforme el informe técnico obrante a fojas 3 efectuado por la Dirección de Obras Públicas y Particulares, incorporar a la zona "C1" los frentistas a la calle Moreno entre Carlos Madariaga y Av. San Martín; Que el informe legal de fojas 5 es coincidente con dichos fundamentos técnicos como una forma de superar la situación planteada en estas actuaciones; Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Incorpórase a la Zona "C1" los frentistas comprendidos entre las calles Etchegaray a 25 de mayo, ambas veredas respectivamente y de la calle Rivadavia vereda Este hasta Saavedra ambas veredas y Av. Buenos Aires desde El Tala hasta 25 de mayo sin incluir esta arteria en la misma.- ARTICULO 2°.- Rueda excluida de la Zona "C1" la Avenida San Martín ambas aceras.- ARTICULO 3°.- La presente Ordenanza deroga toda otra norma anterior a la misma.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-