Registrada bajo el n° 1028/98.-

  • 02/02/1998

General Juan Madariaga, 26 de junio de 1998.- VISTO: Expte D.E N° 124/98 Interno 3353/98, referente Programa Bonaerense II - Convenio Solidaridad - Sub-Programa Trabajar; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 25 de junio de 1998; Que a fs. 1 del citado expediente consta el convenio solidaridad Sub-Programa Trabajar suscripto entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Gral. Madariaga para la construcción de dieciséis (16) módulos de vivienda; Que con la efectivización del mismo resultarían beneficiados los postulantes inscriptos en el censo del Plan Familia Propietaria; Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Convalidase el Convenio Solidaridad - Sub Programa Trabajar 09-459-97 entre el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Pcia. de Bs. As. y la Municipalidad de Gral. J. Madariaga para la construcción de 16 (dieciséis) módulos de viviendas.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-