Registrada bajo el n° 1043/98.-

  • 02/02/1998

Gral. Juan Madariaga, 14 de agosto de 1998.- VISTO: Expte. del D.E. N° 898/98 Interno N° 3488/98 Proyecto de Ordenanza referente Contrato de Comodato s/Eseba S.A. y La Municipalidad de General Madariaga; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 13 de agosto de 1998; Que se suscribe un contrato de comodato entre la Empresa Social de Energía de Buenos Aires S.A. (ESEBA S.A.) y el Municipio, donde se entrega el inmueble donde funcionan las instalaciones de oficinas, sala de espera y vestuario; Que el Municipio se obliga a destinar la ex-sede de ESEBA local, a usos que guarden directa relación con el uso normal de las actividades específicas; Que el plazo de duración del mismo será de seis meses, prorrogable automáticamente; Que el contrato de comodato requiere la convalidación del Cuerpo Legislativo comunal; Por ello, este Honorable Cuerpo en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Convalídese el contrato de comodato entre la Empresa Social de Energía de Buenos Aires Sociedad Anónima y la Municipalidad con referencia al inmueble cuya nomenclatura catastral es: Circ. I - Secc. B - Mza. 95 "a" de Gral. Madariaga.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-