Registrada bajo el nº 1050/98.-

  • 02/02/1998

Gral. Juan Madariaga, 11 de setiembre de 1998.- VISTO: Expte. del D.E. nº 896/97 Interno 3240/97. Anteproyecto de Ordenanza referente solicitan autorización municipal para la colocación de carteles ubicados en terrenos privados; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de septiembre de 1998; Que dicha firma proveer a la Municipalidad de 10 avisos informativos y 2 avisos institucionales a colocar dentro del partido; Que como contraprestación la Municipalidad realizar gestiones ante propietarios de inmuebles rurales para su colocación y reconocer un cargo por ello de un monto equivalente a la tasa por Derechos de Publicidad y Propaganda que originen 6 (seis) carteles comerciales; Que se estima conveniente la suscripción de un convenio con los alcances del propuesto; Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º.- Autorízase al D.E. a suscribir un convenio con la firma E.A. Carnevale y Cía. con los siguientes alcances: a) La firma proveerá a la Municipalidad 10 avisos informativos y 2 avisos institucionales a colocar dentro del Partido con las características que se determine a través de área competente y tendientes a la promoción turística de General Madariaga. b) Dejase establecido como contraprestación a cargo de la Municipalidad la gestión ante propietarios de inmuebles rurales con frente a rutas pavimentadas para que autoricen a la Empresa a la colocación de carteles publicitarios.- c) La Municipalidad abonará por la colocación y mantenimiento de estos carteles, el equivalente a las tasas devengadas por derechos de publicidad y Propaganda por 6 (seis) carteles comerciales de 10 x 8 mts..- ARTICULO 2º.- Dicho gasto se imputará a la Partida correspondiente.- ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-