Registrada bajo el nº 1058.-

  • 02/02/1998

Gral. Juan Madariaga, 16 de octubre de 1998.- VISTO: Expediente del D.E. Nº 1256/98 Interno Nº 3554/98 "Convenio Programa ASOMA - SubPrograma Alimentario; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Acción Social e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 15 de octubre de 1998; Que, a fs. 2 y ss. del citado expediente consta el convenio a suscribir entre la Municipalidad y el consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano; Que, el mismo atiende situaciones de carencia nutricional y promociona la atención de la salud de la población mayor de 60 años con domicilio en el distrito, y de alto riesgo, con el objeto de mejorar sus condiciones de vida; Que, con la efectivización del mismo resultar n beneficiados numerosos vecinos; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Autorízase al D.E. suscribir el convenio del Programa ASOMA SubPrograma Alimentario con el Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia, a fin de atender situaciones de carencia nutricional y promoción de la atención de la salud de la población mayor de 60 años del partido.- ARTICULO 2º: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-