Registrada bajo el N° 873/96.-

  • 02/02/1996

General Juan Madariaga, 2 de enero de 1997.- VISTO: Que por Expte. D.E N° 1206/96 Interno n° 3010/96, se elevó un Proyecto de Ordenanza en relación a la Instalación y Funcionamiento de un SERVICIO DE DIALISIS en el Hospital Municipal; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del pasado treinta de diciembre de 1996; Que los antecedentes obrantes en el citado expediente justifican acabadamente la necesidad y conveniencia de la ratificación del Convenio celebrado entre el Departamento Ejecutivo y el Dr. Esteban Lúcas SIGA; Que conforme a los Dictámenes Legal y Contable el Convenio se encuadra en los términos del Art.156. Inc. 1 y 3 y concordantes de la Ley Orgánica Municipal; Que no se requieren erogaciones del Municipio para la puesta en funcionamiento del mencionado servicio. Por todo ello, El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio celebrado entre el DEPARTAMENTO EJECUTIVO y el Dr. ESTEBAN LUCAS SIGA, para la instalación y funcionamiento de un servicio de Diálisis en el Hospital Municipal de fecha 20 de diciembre de 1996, glosado a fs. 18/23 de las actuaciones municipales expediente N° 1206/96.- ARTICULO 2°: Dispónese del espacio dentro del Hospital Municipal, identificado en el anexo al Convenio referido en el Art.1°, para el funcionamiento en el mismo del Servicio de Diálisis.- ARTICULO 3°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-