Registrada bajo el N° 884/97.-

  • 02/02/1997

General Juan Madariaga, 29 de enero de 1997.- VISTO: Que por Expte. del D.E. n° 765/94 Internos 2409/94 - 3014/96 se elevó un Proyecto de Ordenanza sobre Reconocimiento de deuda por honorarios profesionales correspondiente a la Obra Pavimentación Avenida Buenos Aires; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del pasado veintiocho de enero de 1997.- Que conforme surge de las propias actuaciones los profesionales cumplimentaron con la labor encomendada, es decir con la faz contractual que habían asumido quedando pendiente el pago por parte de la Municipalidad; Que la Dirección de Asuntos Legales estima necesario instar los procedimientos administrativos pertinentes para cumplir con las obligaciones económicas asumidas, con lo cuál se evitará mayores gastos y un conflicto del que seguramente y de antemano, se puede afirmar, resultaría favorable a los particulares reclamantes; Por todo ello, El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar Reconocimiento de Deuda originado en el Expediente N° 765/96 (fs.95) por Honorarios Profesionales a los Ingenieros Alejandro López y Carlos Bereilh de acuerdo a la adjudicación realizada por Decreto del día 5/12/1994, correspondiente a la Obra Pavimentación Avenida buenos Aires por la suma de $ 24.077.- ARTICULO 2°.- El gasto se imputará a la Partida 2.5.2.15. Pavimentación Avenida Buenos Aires, Finalidad III, Servicios Especiales Urbanos, que se crea por la presente, en el Presupuesto de Gastos 1994.- ARTICULO 3°.- La creación realizada en el artículo anterior se financiará con la economía de las siguientes Partidas del Presupuesto 1994, Finalidad III, Servicios Especiales Urbanos: 1.1.2.2. Combustibles y Lubricantes $ 5.000.- 1.1.2.3. Conserv. y Reparaciones $ 5.000.- 2.5.2.3. Infraestructura Urbana $ 14.077.- TOTAL .................................. $ 24.077.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-