Registrada bajo el N° 888/97.-

  • 02/02/1997

General Juan Madariaga, 29 de enero de 1997.- VISTO: Expte. D.E. N° 1070/96 Interno 2991/96 - REF. Censo regularización Dominial I.V.B.A. Conjuntos Procasa I.II.III; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del pasado 28 de enero de 1997; Que, dada la importancia que reviste para los beneficiarios adjudicatarios de la Operatoria PROCASA III, la escrituración de sus viviendas en el marco de la Ley 24.464 de Creación del Sistema Federal conforme al requerimiento de la Dirección General de Inmobiliario y Social del I.V.B.A. en relación a la cesión de los predios afectados a la operatoria PROCASA III a favor del I.V.B.A., resulta necesario implementar los mecanismos legales para la regularización dominial en los términos del sistema federal de vivienda y Ley Provincial de adhesión n° 11.663 en relación al PROCASA III; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, con carácter definitivo y gratuito, las tierras designadas catastralmente como: CIRC. I - SECC. B - MZA. 40 C - PARC. 1 a 15, MZA. 40 d - PARC. 1 a 12 y MZA. 40 e - PARC. 1, 2, 3, 14, Y 15 (total 32), donde se asienta el Barrio denominado PROCASA III.- ARTICULO 2°: Los gastos que demande la Escrituración Traslativa de Dominio, correrán por cuenta de ese Organismo.- ARTICULO 3°: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-