Registrada bajo el Nº 932/97.-

  • 02/02/1997

General Juan Madariaga, 26 de junio de 1997.- VISTO: Expediente D.E. Nº 0525/97 Interno Nº 3112/97 - Proyecto de Ordenanza Ref. Convenio entre la Municipalidad de Gral. Juan Madariaga y G.y C. Construcciones; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 26 de junio de 1997; Que conforme surge del instrumento aludido se trata de un acuerdo de contraprestación de obligaciones entre las partes que a no dudar le reporta beneficio de importancia a la Municipalidad ya que a través del mismo se obtiene la concreción de obras de asfalto imprescindibles para la comunidad; Que según informe de la Asesoría Legal, el texto del acuerdo no merece observaciones encontrándose dentro de las facultades propias de la Municipalidad la firma del mismo; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Gral. Juan Madariaga y la Firma G. y C. Construcciones de fecha 3 de junio de 1997 glosado a fs. 12/14 de las Actuaciones Municipales. Expte. 525/97.- ARTICULO 2º: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-