Registrada Bajo el Nº 942/97.- Instalación Pista Hípica en Zona Rural

  • 02/02/1997

General Juan Madariaga, 14 de agosto de 1997.- VISTO: Que por Expte. D.E. Nº 1292/96. Interno 3097/97, se elevó un Proyecto de Ordenanza iniciado por "El Comienzo S.A" Referente a Instalación y funcionamiento de pista hípica; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de agosto de 1997; Que según consta en los informes Legales; y de obras Públicas y Particulares este tipo de emprendimientos requiere tratamiento por parte del Honorable Concejo Deliberante y su inclusión en el cuadro de usos y zonificación; Que la instalación y funcionamiento de pistas hípicas en nuestro sector rural se convertirían en una atracción turística con miras al aprovechamiento del importante caudal de visitantes; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Autorizar la instalación y funcionamiento de Pistas Hípicas en la zona rural de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2º: Déjase establecido que los interesados deberán cumplimentar las disposiciones legales vigentes en la materia y fundamentalmente aquellos extremos que hacen a la seguridad del público y jinetes, con el control sanitario sobre los animales.- ARTICULO 3º: Determínase que la actividad deber habilitarse de conformidad a la Ordenanza Impositiva vigente ( Capítulo IV - Inciso a)- Ac pite 2 y ss.).- ARTICULO 4º: Los interesados deberán presentar los planos, cumpliendo los requerimientos que sobre el particular realice el área competente de la Municipalidad.- ARTICULO 5º: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-