Registrada Bajo el N° 954/97.-

  • 02/02/1997

General Juan Madariaga, 11 de setiembre de 1997.- VISTO: Que por Expte. D.E. N° 0756/97 Interno 3173/97, se elevó un Proyecto de Ordenanza RATIFICANDO Convenio lucha contra las Plagas; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 11 de setiembre de 1997.- Que fue aprobado por Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, la Tasa de Lucha contra las Plagas Rurales; Que existe un contrato celebrado entre esta Municipalidad y la Asociación Rural de nuestro Partido tendiente a colaborar en el marco institucional en una Campaña de Lucha contra las Plagas; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Ratificase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y la Asociación Rural de General Juan Madariaga que corre glosado a fojas 1 de las actuaciones n° 0756/97, tendiente a colaborar a los efectos de combatir las plagas que afectan distintos sectores rurales del Partido de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2°: Ampliase el Cálculo de Recursos 1997 y créase la Partida 1.1.1.18.- TASA DE LUCHA CONTRA LAS PLAGAS DEL SECTOR RURAL por la suma de pesos 27.514.- ARTICULO 3°: Ampliase el Presupuesto de Gastos 1997 y créase la Partida 1.3.6. LUCHA CONTRA LAS PLAGAS DEL SECTOR RURAL - FINALIDAD IV - PROGRAMA I, por la suma de pesos 27.514.- ARTICULO 4°: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-