Registrada Bajo el Nº 956/97.-

  • 03/02/1997

General Juan Madariaga, 25 de setiembre de 1997.- VISTO: Que por Expte. D.E. Nº 0816/97. Interno 3188/97. se elevó un Proyecto de Ordenanza sobre la instalación de Retardadores de velocidad con señales de prevención; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 25 de setiembre de 1997; Que, según informes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de la Dirección de Asuntos Legales, estas comparten la iniciativa formulada por la Empresa CONTRERAS Hnos S.A. en tanto se trata de obras en calles públicas y que el costo de las mismas estarán a cargo de la empresa iniciadora del proyecto; Que esta obra pretende evitar accidentes en virtud del eminente comienzo de la Obra "GASODUCTO de la COSTA", durante la cuál se producirá un intenso movimiento de personas, sobre todo en horarios de ingreso y salida del personal afectado a la misma; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º.- Autorízase al D.E. a firmar un Convenio con la Firma CONTRERAS Hnos. S. A. para la instalación / construcción de retardadores de velocidad con señales de prevención en Avenida Buenos Aires y Calle Martínez Guerrero de esta Ciudad.- ARTICULO 2º.- Déjase establecido que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos tendrá a su cargo la fiscalización y control de la instalación /construcción autorizada por el Artículo 1º. ARTICULO 3º.- El costo total de las obras indicadas en el Art. Nº 1° será afrontado por la Empresa CONTRERAS Hnos. S.A.- ARTICULO 4º.- Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-