Registrada bajo el n° 780/97

  • 03/02/1997

General Juan Madariaga, 29 de diciembre de 1997.- VISTO: Expte. del D.E N° 1.178/97, Interno 3312, se elevó un Proyecto de Ordenanza referente: Ampliación de partida aporte no reintegrable de $ 50.000, y CONSIDERANDO: Que el despacho del Concejo en Comisión fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 29 de diciembre de 1997; Que en las actuaciones Municipales a fojas 3 del mismo hay una nota de la Contadora Municipal Sra. Ana María Russo solicitando la ampliación del Cálculo de Recurso y Presupuesto de Gasto; Que dicha ampliación se efectuará con los fondos recibidos por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por la suma de $ 50.000; Que se estima conveniente ampliar la Partida Crédito Adicional; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ampliase el Cálculo de Recursos en la Partida 1.2.3.16 APORTE NO REINTEGRABLE, Resolución N° 678 del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Buenos Aires por la suma de $ 50.000.- ARTICULO 2°.- Ampliase el Presupuesto de Gastos en las siguientes partidas: FINALIDAD VI - A clasificar 1.4. Crédito Adicional por la suma de $ 48.500.- ARTICULO 3°.- Ampliase el Presupuesto de gastos del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 5 Crédito Adicional $ 1.500.- ARTICULO 4§.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-