Registrada bajo el N° 807/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 15 de Enero de 1996.- VISTO: Que por Expediente del D.E. N° 850/95, Interno 2696, se elevara un Proyecto de Ordenanza referente Curtiembre Ecológica; y CONSIDERANDO: Que considerado sobre tablas en la Sesión Extraordinaria del día 12 de Enero de 1996 fue Aprobado por Unanimidad; Que este emprendimiento se apoya sobre tres ejes principales: 1° Estado actual de recupero y curtido de cueros, 2° Creación de fuentes de trabajo, 3° Aspecto ambiental; Que el lugar físico elegido es el predio Ex-Matadero Municipal, inmueble que no se encuentra subdividido por lo cual forma parte de uno mayor, sin uso efectivo por parte del Municipio; Que habiéndose analizado los informes legales y técnicos que obran a fojas 8 y 9; 26 y 27 del Proyecto, en el marco de la Ley 9533 sobre Régimen de los Inmuebles del Dominio Municipal y Provincial, no se encuentran objeciones; Que existen en el expediente tasaciones del predio ubicado sobre calle Colón entre la Planta Depuradora y el Corralón Municipal, estimando el valor del mismo; Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones Sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la subdivisión del Inmueble Municipal designado catastralmente como Circ.II - Sec.A - Chacra 56 - Parcela 1, Desmembrándose del mismo una fracción de 50 metros de frente sobre calle Colón, por 120 metros de fondo, respondiendo al croquis glosado a Fs. 35 de las actuaciones municipales Expediente N° 850/95. ARTICULO 2°: Dispónese la venta de la fracción que surja conforme la subdivisión autorizada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, por Licitación Privada con una base de $ 19.000.- ARTICULO 3°: Déjase establecido que el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para concretar el llamado a Licitación Privada a partir de la Promulgación de la presente Ordenanza, con la salvedad que la transmisión de Dominio al adquiriente se concretará una vez terminado el trámite de subdivisión indicado en el artículo 1°.- ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-