Registrada bajo el n° 820/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 11 de abril de 1996.- VISTO: El Expte. del D.E. 807/95 Interno 2678, sobre Convenio de Integración Regional y Declaración de Gral. Lavalle, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del pasado día 11 de abril de 1996; Que los Municipios de Gral. Lavalle, Gral. Madariaga, La Costa, Pinamar, Villa Gesell, reconocen históricamente un origen común, geográficamente conforman la región del Tuyu y sus comunidades se hallan estrechamente vinculadas por lazos familiares, sociales, ambientales, culturales y económicos laborales, que exceden la simple vecindad; tal la Declaración de Gral. Lavalle firmada por los Sres. Intendentes en ejercicios de sus funciones y los Intendentes electos el 20 de octubre de 1995; Que se ha venido avanzando en las conversaciones tendientes a lograr una Integración Regional para acordar acciones municipales conjuntas entre los Municipios, sin menoscabo de las atribuciones propias de cada comuna y sin perjuicio de otro acuerdos para temas que conciernen a un número mayor o menor de los distritos que forman parte de la región; Por todo ello, en uso de sus facultades este Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratificase la Declaración de Gral. Lavalle suscripta el 20 de octubre de 1995, por el Intendente Municipal de general Juan Madariaga Dr. Carlos Balcarce con los Intendentes Municipales de Gral. Lavalle Dr. Gustavo Dubsky, de la Costa Dr. Juan de Jesús, de Pinamar Dr. Blas Antonio Altieri y de Villa Gesell Esc. David Taboada, junto a los Intendentes electos de Gral. Juan Madariaga Ing. Raúl Adrián Mircovich, y de Gral. Lavalle Osvaldo Goycoechea, de la Costa Dr. Guillermo Magadan y de Villa Gesell Luis Baldo, mediante la cuál hacen publica la decisión de formalizar un acuerdo de Integración Regional entre los cinco Partidos, para tratar en forma conjunta cuestiones comunes a los distritos, acordando acciones que respondan al interés general, comprometiéndose en consecuencia a reuniones periódicas con el objeto de analizar situaciones concretas, sin perjuicio de avanzar en la elaboración de un Programa de Desarrollo Regional, de acuerdo a lo manifestado en la Declaración que obra a fojas 1 a 4 del Expte. n° 807/95, que obra como anexo y forma parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2¬°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-