Registrada bajo el n° 827/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 24 de mayo de 1996 VISTO: Que por Expte. D.E. N° 314/96, Interno N° 2760 se elevó un Proyecto de Ordenanza Referente Convenio de Adhesión a Plan Habitacional. CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 23 de mayo de 1996; Que es necesario paliar el déficit habitacional con viviendas de bajo costo, principalmente que impliquen o estén destinadas a personas de escasos recursos económicos que no puedan de otra manera acceder a su vivienda. Por todo ello, este Honorable Cuerpo en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. Declarar de Inter‚s Municipal todo Plan de Construcción de Viviendas de bajo costo que emprendan personas físicas o jurídicas dentro de la planta urbana del Partido de Gral. Madariaga, tendiente a paliar el déficit habitacional.- ARTICULO 2¬°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-.