Registrada bajo el n° 843/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 13 de setiembre de 1996.- VISTO: Que por Expte. D.E. N° 807/96. Interno 2878/96, se elevó un Proyecto de Ordenanza Referente a Ampliación de Cálculos de Recursos. Creación de Partida. Presupuesto de Gastos Ejercicio 1996, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del pasado día 12 de setiembre de 1996; Que conforme a la Resolución 344/96 del D.E. Provincial, Ministerio de Gobierno y Justicia, en su anexo 1 obrante a fojas 1 se otorga al Municipio un aporte no reintegrable $ 35.000; Que a propuesta del D.E. se destina dicha Ampliación de Partidas a Bienes y Servicios y se crea la Partida CONSORCIO CORREDOR TURISTICO DEL ATLANTICO BONAERENSE obrante a fojas 5) y 6); Por todo ello, este Honorable Cuerpo sanciona en uso de sus facultades con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Ampliase el Cálculo de Recursos en la Partida: 1.2.2.7. Aporte no reintegrable Resolución N° 344/96 por la suma de $ 35.000. (PESOS TREINTA Y CINCO MIL).- ARTICULO 2°: Ampliase el Presupuesto de Gastos 1996 en las siguientes Partidas: FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL - PROGRAMA 1 2.5.1.6. Adquisiciones Generales Varias $ 4.600.-