Registrado bajo el N° 853/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 27 de setiembre de 1996.- VISTO: Que por Expte. del D.E. N° 618/96 Interno 2897/96 se elevó un proyecto de Ordenanza referente a la celebración de Convenios con Entidades Educativas en el marco de las Pasantías no rentadas, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Acción Social fu‚ Aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 26 de setiembre de 1996. Que la iniciativa tiende a permitir desarrollar proyectos de integración y capacitación de alumnos con la colaboración de la Municipalidad fijándose tareas bajo la supervisión y directivas del personal responsable del área; Que avala tal iniciativa el informe legal emitido por la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad, obrante a fojas 4) del expediente de referencia; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con Entidades Educativas por las cuales alumnos de las mismas puedan acceder a realizar tareas de prácticas no rentadas y/o relevamiento dentro de las instalaciones municipales y de conformidad a las modalidades fijadas por la misma, encuadrada en el Decreto Nacional N° 340/92.------------------------------------ ARTICULO 2°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, regístrese y archívese----------- DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.