Registrada bajo el N° 854/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 27 de setiembre de 1996.- VISTO: Que por Expte. Interno N° 2818/96, El Bloque de Concejales de la U.C.R. elevó un Proyecto de Ordenanza Ref. Desafección al uso público de la calle Independencia; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 26 de setiembre de 1996.- Que hay en nuestra ciudad una calle denominada "INDEPENDENCIA" cuya traza va desde la calle Rivadavia hasta la Avenida Buenos Aires; Que dicha arteria, entre Avenida Buenos Aires y la calle Moreno nunca fue habilitada al uso público; Que en la práctica su habilitación crearía un factor de riesgo importante al haberse construido el Derivador Isaac Melón Gil, cuya salida alcanza la citada intersección; Que la traza no habilitada está siendo utilizada por el Club Deportivo Juventud Unida para la práctica de deportes por parte de numerosos chicos y jóvenes de nuestra comunidad, prestando un importante servicio a su desarrollo; Que la falta de apertura de la traza no causa perjuicios a los vecinos por su corta extensión y la facilidad de acceso y salida por las arterias aledañas.- Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Desaféctase del uso público la calle Independencia, en su traza entre las calles Moreno y Avenida Buenos Aires de nuestra ciudad.--------------------------------------------------- ARTICULO 2°: Cédese al Club Deportivo Juventud Unida el uso en forma precaria y revocable el predio originado por la citada medida que forma parte de la presente Ordenanza en su Artículo 1§- ARTICULO 3°: Una vez desafectado el bien, pase a integrar el Patrimonio Municipal, como bien del dominio privado del Estado.--- ARTICULO 4°: Déjase establecido que la presente cesión lo es con las restricciones que fueren necesarias para asegurar la normal prestación del servicio de desagües pluviales, que se encuentran ubicados en el predio, motivo de la presente.-------------------- ARTICULO 5°: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.---------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-