Registrada bajo el N° 857/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 11 de octubre de 1996.- VISTO: Que por Expediente Interno 2907/96 El Bloque de Concejales del Partido Justicialista elevó un Proyecto de Ordenanza referente a los edificios de las Estaciones del Ferrocarril en nuestro Partido; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 10 de octubre de 1996.- Que las mismas comprenden un estilo arquitectónico propio de principios de siglo testimoniando un pasado comarcal inspirado en las vivencias de los pioneros; Que estas edificaciones, por sus características, alcanzan la importancia de verdaderos monumentos; Que, la contemplación de estos edificios reaviva la llama del interés público por los patrimonios históricos de la Cultura madariaguense; Que ante la reactivación del ramal ferroviario y su funcionalización, no debe comprometerse la unidad paisajística, otrora tan bien lograda; Que este ramal de interés turístico debe brindar la imagen característica del interior bonaerense en su más fiel expresión; Por todo ello, El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Declárese "MONUMENTO HISTORICO Y PATRIMONIO DE LA CULTURA E HISTORIA MADARIAGUENSE" a los Edificios de las Estaciones de INVERNADAS, GRAL MADARIAGA (Ex-DIVISADERO), JUANCHO Y MACEDO, del antiguo Ferrocarril Sud, ubicadas en el Partido de General Madariaga.- ARTICULO 2°.- Encomiéndase al D.E. gestionar ante los Organismos competentes, la preservación de las características arquitectónicas exteriores de los inmuebles detallados en el Articulo precedente, mediante acciones concertadas con el Municipio.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-