Registrada bajo el n° 863/96

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 15 de noviembre de 1996.- VISTO: El Expte. D.E. N° 880/96 Interno n° 2943/96, ref. Plan familia Propietaria. Convenio suscripto entre Unidad Ejecutora y Municipio; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de noviembre de 1996; Que el Convenio de referencia tiene como objetivo principal dar soluciones habitacionales dignas a los habitantes de Gral. Madariaga mediante el acceso a un lote de terreno propio; Que se contempla en el convenio la adjudicación de los terrenos conforme al censo que obra en poder de la Unidad Ejecutora, realizado por este Municipio; Que el Plan de pagos que establecer la Municipalidad, ser con sujeción a las normas que dicte la Unidad Ejecutora, contemplando que las cuotas a abonar ser n de montos iguales para todos los casos, variando solamente el plazo de pagos en función del costo del terreno adquirido; Por todo ello, este Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Ratificase el Convenio suscripto entre la Municipalidad y la Unidad ejecutora del Programa Familia Propietaria, que tiene por finalidad dar soluciones habitacionales dignas a los habitantes de General Madariaga, mediante el acceso a un lote de terreno propio con la asistencia del Estado Provincial y este Municipio, que como Anexo I, es parte integrante del presente.- ARTICULO 2°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-