Registrada bajo el N° 841/96.-

  • 03/02/1996

General Juan Madariaga, 23 de agosto de 1996.- VISTO: El Expte. D.E. N° 723/96 Interno N° 2857/96, sobre Compromiso Banco Hipotecario Nacional, y CONSIDERANDO: Que el Despacho conjunto de las Comisiones de I,R y C - H y P - T,O y S, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 22 de agosto de 1996.- Que dicho compromiso otorga un cupo financiero de U$S 75.000 dentro de la Operatoria de Municipios de hasta 50.000 habitantes.- Que es otra manera de paliar el déficit habitacional que obra a fojas 4, como anexo al listado de viviendas.- Por todo ello, El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Aprobar la participación de la Municipalidad de Gral. Juan Madariaga en el marco de la Operatoria "Titulización de Hipotecas para Municipios de Pequeñas Localidades con una Población de Menos de 50.000 habitantes" implementada por el Banco Hipotecario Nacional, en relación al emprendimiento constructivo oportunamente registrado y que comprende la ejecución de 6 unidades de vivienda, en terrenos propios según listado adjunto (Ubicación), ratificando en todas sus partes el Acta de Compromiso suscripta por el Sr. Intendente Municipal con la citada Entidad Financiera, en fecha 26/06/96.- ARTICULO 2°: Autorizar al Depto. Municipal a tomar la financiación prevista en la denominada "Línea Especial de Financiación para Emprendimientos Constructivos" de la precitada Operatoria, que al efecto acuerde el Banco Hipotecario Nacional con destino a la ejecución del Emprendimiento Constructivo, hasta la suma de Dólares Estadounidenses setenta y cinco mil (U$S 75.000) y a formalizar el respectivo Convenio de financiación con garantía hipotecaria en primer grado de privilegio a favor de dicho Banco.- ARTICULO 3°: Comprometer en garantía de las obligaciones que se asumen en el marco de la preindicada línea crediticia, los fondos provenientes de la Provincia de Buenos Aires, destinados al Municipio, facultando al Banco Hipotecario Nacional a efectuar el débito automático sobre dichos fondos para el supuesto de incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones pertinentes.- ARTICULO 4°: Notificar por medio fehaciente lo precedentemente resuelto al Banco Hipotecario Nacional y a la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 5°: Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.- ANEXO: Listado de viviendas.- Nomenclatura Catastral.- 1-GABILONDO Miguel A- TEISCEIRA Sonia A. I - B - Mza 82a - 13 2-GOMEZ Roberto I - A - Mza 41 - 5 3-LOMBERA Carlos - CAROU Silvia I - B - 74b - 2 4-LUNA Héctor I - B - 47a - 13 5-MANCEBO Paulo C. I - A - 9 - 1g 6-RAMAJO Saturnino I - A - 33- 1d