Registrada bajo el n° 774/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 8 de setiembre de 1995.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 567/95, Interno 2615, se elevo un proyecto de Ordenanza, estableciendo un régimen de Presentación Espontánea, para la regularización de mejoras y construcciones clandestinas en inmuebles urbanos, con eliminación de multas y otorgamiento de beneficios temporarios; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día 7 de setiembre de 1995, el mismo fue aprobado por unanimidad; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Establécese un sistema de Presentación Espontánea para la incorporación de construcciones existentes, con los beneficios que otorga la presente Ordenanza.- ARTICULO 2°.- Los contribuyentes que manifiesten su voluntad de acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza dentro de los treinta días de promulgada deberán formalizar la presentación de los planos de construcción, en las condiciones normadas.- ARTICULO 3°.- La liquidación de los derechos de construcción se fija a la fecha de vencimiento del Relevamiento Integral de Construcciones C según Decreto del 29 de marzo de 1993 y fecha de vencimiento según Ordenanza n° 654/93. Fijase como fecha para la liquidación el 1 de enero de 1994, en concepto de deuda original, liquidación que comprenderá la deuda actualizada y recargo hasta la fecha elegida para el pago.- ARTICULO 4°.- Del importe que resulte para las deudas correspondientes, se deducir n los siguientes porcentajes sobre el total liquidado, según el plazo: a) dentro de los treinta días el 50% b) dentro de los sesenta días el 40% c) dentro de los noventa días el 30% ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E. al Honorable Tribunal de Cuentas, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-