Registrada bajo el n° 779/95.-

  • 06/02/1995

General Madariaga, 21 de setiembre de 1995 VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 435/95, Interno 2602, se elevo un proyecto de Ordenanza referente a la aprobación de la ampliación y refacción de la Clínica Integral, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria del día 21 de setiembre de 1995; Que la remodelación y ampliación propuesta superan los porcentajes de uso de suelo vigentes; Que se invocan razones de mejor servicio de salud, lo que es atendible; Que existen antecedentes en este H. Cuerpo en cuanto a dictado de normas de excepción; Por ello, este Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Apruébase la remodelación y ampliación correspondiente a la parcela designada Catastralmente como Circunscripción I - Sección A - Manzana 21, Parcela 1a, de acuerdo al proyecto presentado en el Expediente n° 435/95 y con destino a los servicios de salud de la Clínica Integral.- ARTICULO 2°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-