Registrada bajo el n° 788/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 3 de noviembre de 1995 VISTO: Que por Expte. del D.E. nº 199/95 Interno 2646, se elevó un proyecto de Ordenanza referente a inmueble Plan Familia Propietaria, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 2 de noviembre de 1995; La necesidad de proseguir la gestión para el parcelamiento de los predios correspondientes, en los términos del Decreto n° 807/95; Por todo ello, este Honorable Cuerpo en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase el parcelamiento correspondiente a los proyectos de urbanización social del Plan "FAMILIA PROPIETARIA", en los términos del Decreto 807/95.- ARTICULO 2°.- Incorporase al Area Urbana de General Juan Madariaga como Distrito Especial afectado al Plan "FAMILIA PROPIETARIA" la fracción I-B-22-l y 2 .- ARTICULO 3°.- Créanse los distritos especiales de urbanización en las fracciones catastradas como: - I-B-42- - I-B-47b y 47b - I-B-22 1 y 2 Con los siguientes indicadores: - Carácter General: Zona Especial para Urbanización social.- - Uso Residencial - Indicadores: FOS: 0,6; FOT: 0,8; ON: l unifamiliar por lote. Subdivisión: 10 m. de frente; 250 m2 de superficie mínima. - Altura: máxima de edificación Planta baja y un piso.- - Tipología edilicia: Deberá ser diseñado como conjunto. El proyecto deberá contar con la aprobación de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.- - Servicios Esenciales: Alumbrado Público y energía eléctrica, calles mejoradas y provisión de agua potable.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-