Registrada bajo el n° 790/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 3 de noviembre de 1995 VISTO: Que por Expediente del Departamento Ejecutivo n§ 711/95, Interno 2654, se elevó un Proyecto de Ordenanza ratificando el Decreto de fecha 20 de octubre de 1995, que prorrogo una semana, el vencimiento del pago de deudas según lo dispuesto en la Ordenanza n° 771/95; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día 2 de noviembre de 1995, dicho Decreto fue ratificado por unanimidad; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Ratificase el Decreto del Departamento Ejecutivo de fecha 20 de octubre de 1995 prorrogando el plazo del segundo vencimiento establecido para el pago de deudas de ejercicios anteriores con el beneficio del 40% otorgado por el articulo quinto de la Ordenanza n° 771/95, que queda fijado el día 27 de octubre de 1995.- ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Honorable Tribunal de Cuentas, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-